¿Qué es la Ley de Segunda Oportunidad?

marzo 9, 2023

Se ha registrado que aproximadamente un 57% de los hogares españoles son responsables de algún tipo de deuda. La “Ley de Segunda Oportunidad” nació como un proceso administrativo que permite a una persona cancelar sus deudas por ley de forma total o parcial.

También conocido como Mecanismo de Segunda Oportunidad, este proceso legal está recogido en el Real Decreto-ley 1/2015, de 27 de febrero, de mecanismo de segunda oportunidad, reducción de carga financiera y otras medidas de orden social.

La Ley de Segunda Oportunidad permite lograr un balance entre superar una situación de imposibilidad de hacer frente a las deudas contraídas y que, al mismo tiempo, se protejan los derechos de cobro de los acreedores.

Requisitos de la Ley de Segunda Oportunidad

Se tiene en cuenta el historial crediticio del deudor insolvente. Esta Ley busca beneficiar a quien ha demostrado ser buen pagador pero que actualmente atraviesa una mala situación económica. La reforma concursal ha modificado los requisitos a cumplir, y algunos en particular prueban que un deudor ha actuado de buena fe:

  • El deudor debe ser insolvente y demostrar no tener patrimonio suficiente para hacer frente a las deudas.
  • El deudor sea de buena fe para poder acceder a la exoneración. Este no puede estar bajo una declaración de persona afectada en la sentencia de calificación del concurso de un tercero, calificado de culpable, ni condenado por delitos económicos o patrimoniales.
  • Se deja sin efecto la norma que impone al deudor haber intentado previamente un acuerdo extrajudicial de pagos sin éxito.
  • Se suprime el requisito de que el deudor no haya rechazado una oferta de empleo en los cuatro años anteriores a la declaración.
  • Se reduce el plazo mínimo a cinco años a mediar entre una solicitud de exoneración y la exoneración anteriormente concedida al mismo deudor. Para los casos que se obtenga una exoneración mediante plan de pagos el plazo será de dos años.
  • La obligación total de las deudas no puede superar los 5 millones de euros.

¿Quién puede acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad?

A la Ley de Segunda Oportunidad pueden acogerse personas físicas, tanto particulares como autónomos y empresarios, que no puedan pagar las deudas contraídas por ser insolventes. Claramente, es necesario tener deudas para optar por la Ley. Aunque estén al corriente de pago, con al menos dos acreedores diferentes (entidades financieras, proveedores, Hacienda o Seguridad Social, entre otros).

De igual forma, la Ley aplica para las personas físicas residentes en España y también para los deudores extranjeros en cuanto tengan su residencia legalizada en España y toda su documentación en regla, o si al menos tienen en España el centro de sus intereses principales.

Cabe acotar que en el caso de las empresas, no se aplica la Ley de Segunda Oportunidad sino el concurso de acreedores.

Deudor de buena fe, ¿Qué es?

Para probar ser un “deudor de buena fe”, el deudor no puede haber sido condenado por delitos económicos, patrimoniales, contra la administración pública o contra los trabajadores en los últimos diez años. Paralelamente, es necesario demostrar que el deudor no contrajo parte o todas sus deudas a sabiendas de que no iba a poder pagarlas.

Salida de ficheros de morosidad

Cuando se ha confirmado la cancelación de deudas con la Ley de Segunda Oportunidad, el previo deudor puede solicitar la salida inmediata de ficheros de morosidad e informes de riesgos financieros.

A partir del mes de septiembre de 2022, son los propios juzgados los que exigen de oficio a los acreedores la eliminación de los datos de ficheros como ASNEF, Equifax, RAI y otros.

Solicitar la Ley de Segunda Oportunidad

El proceso de la Ley de Segunda Oportunidad comienza con la solicitud dirigida al Juzgado Mercantil, sea el deudor autónomo o no. La solicitud debe ser detallada y clara sobre la situación personal del deudor, el cumplimiento de los requisitos, el tipo de insolvencia y los ingresos disponibles.

Una vez que se tramita la solicitud con los documentos, se inicia la fase judicial donde el deudor debe elegir la modalidad de preferencia: exoneración con liquidación de activo o sin liquidación pero con plan de pagos. Cabe acotar que ambas modalidades son intercambiables.

Por un lado, la exoneración con liquidación de activo implica que el deudor puede cancelar sus deudas por completo con el sacrificio de su patrimonio. Así, la exoneración con plan de pagos engloba la posibilidad de cancelar una parte de las deudas, con el compromiso de hacer frente al resto de las deudas con un plan de pagos a 3 o 5 años.

La duración de este procedimiento puede variar significativamente en función de cada caso concreto. Generalmente, va desde unos pocos meses hasta el máximo de 18 meses que actualmente fija la ley para los casos más complejos.

Paralelamente, una vez en el proceso judicial, los abogados tienen libertad para fijar sus honorarios según la complejidad. La tarifa más común oscila entre los 2.000 y 3.000 euros.

¿Es revocable esta Ley?

Si los acreedores lo solicitan, durante tres años el juzgado podría revisar el caso. En situaciones donde se sospeche de mala fe, que el deudor haya recibido una herencia u otros ingresos imprevistos no comunicados, es posible revocar la exoneración de las deudas.

¿Funciona realmente la Ley de Segunda Oportunidad?

Si se cumplen los requisitos y el deudor procura actuar en buena fe, la Ley de Segunda Oportunidad puede cancelar sus deudas y ayudar a comenzar desde cero. Este es un procedimiento legal que requiere de compromiso y tiempo aplicado para obtenerlo de forma óptima, pero es fundamental que el deudor comience este proceso bajo los motivos correctos.

Esta Ley evita que el deudor invierta todo su patrimonio solo para pagar sus deudas. Actualmente, puede realizar un plan de pagos y conservar su vivienda habitual y activos empresariales.

Desventajas de acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad

Entre las desventajas más comunes derivadas de la Ley de Segunda Oportunidad, se mencionan:

  1. Existen deudas legalmente no cancelables, como las deudas de salario de los trabajadores.
  2. Durante tres años es posible revocar la Ley por motivos de “mala fe” o un cambio sustancial en la situación económica del deudor.
  3. Durante el procedimiento, es posible que se acuerde una limitación temporal del deudor para disponer de su patrimonio. Por lo que el deudor podrá hacer ningún acto patrimonial adicional a disponer de los gastos mensuales necesarios para vivir, salvo que se justifiquen y los autorice el juez competente.
  4. Las deudas de créditos privilegiados no son exonerables.
  5. Existe la posibilidad de que se liquiden los bienes del deudor para pagar la deuda.
  6. El deudor se comprometerá a destinar durante tres o cinco años sus rentas e ingresos futuros a la satisfacción de sus deudas pendientes.
  7. Los datos del deudor van al Registro Público Concursal.

La reputación digital es un elemento fundamental para todas las personas con presencia en internet. Por este motivo, si estás buscando una plataforma que te alerte de contenido nuevo sobre ti en todos los resultados de Google, que monitorice tus menciones en varios países de forma simultánea y protege tu reputación en internet, así como que logre posicionar noticias positivas en primera página de los buscadores, visita Remove Group.

Soluciones globalesOficinas Centrales
Operamos en todo el mundo ofreciendo soluciones tecnológicas globales desde nuestra sede.
SedesDónde están nuestros clientes?
https://www.removegroup.com/wp-content/uploads/2019/04/img-footer-map.png
Cobertura mundial
SíguenosNews
Mantente al día de las novedades en gestión de reputación online.
Soluciones globalesOficinas Centrales
Operamos en todo el mundo ofreciendo soluciones tecnológicas globales desde nuestra sede.
SedesDónde están nuestros clientes?
https://www.removegroup.com/wp-content/uploads/2019/04/img-footer-map.png
SíguenosSocial Media
Mantente al día de las últimas novedades en gestión de la reputación en internet.